DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Certificación donde se hace constar que el Estado Dominicano no tiene objeción a que el Tribunal de la Cámara Civil y Comercial competente, homologue el Acto de Renuncia de Bien de Familia acompañado del contrato de venta del inmueble, esto así, en virtud de que toda casa y apartamento vendido por el Estado Dominicano se encuentra declarado en pleno derecho en bien de familia por la Ley No.339-68 de fecha 25 del mes de julio del año 1968.
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Procedimientos a seguir
- Carta dirigida al Director de DGBN.
- Descripción del Inmueble. Nombre del Propietario del Inmueble.
- Copia de contrato con el Estado Dominicano.
- Copia del Poder de Asignación del Inmueble. Estado de Cuenta actualizado en el área de Tesorería de DGBN.
- Copia de la renuncia al bien de Familia (si es un tercero).
- Si el propietario a fallecido (depositar acta de defunción, acta de nacimiento de los herederos y acta de matrimonio, si es casado).
- Copia de la cédula de Identidad. Número de teléfono del Interesado.
"Todos los anexos listados en los requisitos se depositarán en la Unidad de Correspondencia de la dirección General de Bienes Nacionales."
Información adicional
Para mayor información sobre este servicio, puede llamar de forma gratuita al Centro de Contacto de la Dirección General de Bienes Nacionales, marcando al (809)686-5959 desde su móvil o desde una línea fija. También puede contactarnos vía Instagram, Twitter o Facebook.
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Las informaciones suministrada a la DGBN serán utilizadas únicamente para fines de tramitar sus solicitudes.
Datos importantes
Lunes a Viernes de 8:00 Am a 4:00 Pm
Presencial o Virtual
El tiempo de respuesta de este servicio puede variar dependiendo de la complejidad.
RD$500.00
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